CELEC EP mantiene reuniones con el Alcalde de El Chaco para revisar el cumplimiento de la Ley Amazónica

24 de enero de 2022

La Corporación Eléctrica del Ecuador (CELEC EP), a través de la Comisión Ejecutora Río Coca, mantuvo una reunión de trabajo con el alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de El Chaco (provincia de Napo) y Presidente de la Comisión Especial, Ing. Álvaro Javier Chávez, delegados de la Comisión Especial de El Chaco (organizaciones, gremios); y representantes de la empresa ACCYEM PROYECTOS CIA. LTDA, contratista de la Corporación para la ejecución de los trabajos de la Etapa 0 de las obras de protección de la captación de la central Coca Codo Sinclair, de la erosión regresiva en el río Coca.

En la cita, que se desarrolló ayer jueves 20 de enero, en la sede del Gobierno Municipal, se abordó el cumplimiento del Art. 41 y Disposición General Quinta de la Ley Orgánica para la Planificación Integral de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica, así como de la Ordenanza No. 005-2021, emitida por Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal El Chaco. Estas normativas regulan el derecho al empleo preferente de todas las personas naturales y jurídicas que realizan sus actividades en la jurisdicción de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica, con excepción de aquellas para las que no exista la mano de obra calificada requerida.

En el encuentro se explicó que la empresa ACCYEM PROYECTOS CIA. LTDA inició la ejecución del contrato, suscrito con CELEC EP, el 3 de enero de 2022, y al momento se encuentra desarrollando trabajos preliminares, como la adecuación de las áreas de trabajo y los procesos de selección de personal no calificado, en cumplimiento de la normativa. No obstante, la paralización de actividades, promovida por un grupo de moradores del lugar, ha dificultado el cumplimiento de esta actividad.  Conforme avanza el desarrollo de las obras, se incorporará la mano de obra local por parte del contratista.

CELEC EP, a través de la Comisión Ejecutora Río Coca, cumple con la Ley Orgánica para la Planificación Integral de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica, su Reglamento General de aplicación, así como las ordenanzas emitidas por los Gobiernos Autónomos Descentralizados de las zonas de influencia de sus centrales de generación. También cumple con las regulaciones del Ministerio de Trabajo, a través de la red de Socio Empleo, para la contratación del personal requerido.

Semanas atrás, a través de la Red Socio Empleo, CELEC EP, en conjunto con la Jefatura Política del Cantón El Chaco, realizó jornadas para el registro de mano de obra local calificada y no calificada, y crear una base de datos con la cual la Red Socio Empleo responderá a los requerimientos establecidos por las empresas solicitantes. La comunidad, organizada en Asociaciones de la Economía Popular y Solidaria, o de forma natural, deben estar registradas en la Red Socio Empleo.

Por esta razón, desde que se inició el proceso de contratación se incluyó este requerimiento (la contratación de mano de obra local y con base en la normativa vigente) en las especificaciones técnicas, pliegos y demás documentos precontractuales y contractuales que deben cumplir y observar de manera irrestricta el o la contratista de la Empresa Pública.

No hay indemnizaciones pendientes

CELEC EP, a través de la Unidad de Negocio Coca Codo Sinclair, no registra indemnizaciones pendientes de pago en las áreas de influencia de la hidroeléctrica Coca Codo Sinclair, ya que en su mayoría fueron canceladas en la época de construcción del proyecto, que culminó en el año 2016. Además, CELEC EP, en cumplimiento de la normativa, realizó los pagos de indemnizaciones o declaratoria de utilidad pública de terrenos, siempre y cuando posean título de propiedad y hayan justificado su derecho a percibir tales indemnizaciones.

CELEC EP en el caso de presentarse afectaciones directamente por alguna incidencia en el funcionamiento de la hidroeléctrica, reitera su compromiso para dar atención a los incidentes reportados, efectuar las inspecciones del caso y determinar de manera técnica y jurídica la viabilidad de proceder con las indemnizaciones que en derecho correspondan.

Es necesario precisar, que la erosión regresiva en el río Coca es un fenómeno único en el mundo. Los estudios de la firma suiza Lombardi, realizados en mayo, junio y julio de 2020, evidencian que el colapso de la cascada San Rafael, que estuvo a 19 kilómetros aguas abajo de las obras de captación de la central hidroeléctrica y por lo tanto fuera del área de influencia de las obras en construcción, es producto de un fenómeno natural de “erosión remontante” único en el mundo y no tiene relación con el proceso de operación de la hidroeléctrica.

Respecto al pago por la franja de servidumbre de la línea de transmisión San Rafael-El Inga, tramo San Rafael-El Chaco, a 500 mil voltios, los pagos se encuentran al día por parte de CELEC EP TRANSELECTRIC, Unidad de Negocio responsable de la Operación del Sistema Nacional de Transmisión. Sin embargo, de existir reclamos al respecto, estos serán atendidos conforme a derecho.

Fecha de publicación: viernes, 21 de enero de 2022.

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